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Alivios 1

El Banco Caja Social dará los siguientes alivios a los clientes que al 29 de febrero de 2020 estaban al día o no presentaban mora igual o superior a 30 días.

 

  • Se aplazará el pago de las dos (2) cuotas siguientes.
  • Se reducirá en un 50 % el valor de los intereses del crédito del mes de abril, lo cual se verá reflejado en la siguiente cuota que el cliente deba pagar, una vez finalizado el alivio.

 

¿Para qué productos rigen el aplazamiento de cuotas y la reducción del 50 % de los intereses del crédito del mes de abril?

 

  •  Crédito hipotecario
  • Leasing habitacional
  • Crédito de libre inversión
  • Tarjeta de crédito
  • Crédito rotativo
  • Crédito de vehículos
  • Microcrédito
  • Crédito productivo de personas
  • Crédito productivo de pequeñas empresas

 

¿Es aplicable para créditos cuya modalidad de pago se efectúa a través de libranzas?

 

Nuestra entidad se encuentra trabajando para lograr que los alivios de créditos de libranzas también se puedan aplazar automáticamente. A la fecha tenemos los siguientes avances:

 

Para clientes de la Policía Nacional:

 

Le informamos que gracias al apoyo de la Policía Nacional, el Banco Caja Social ya puede otorgarle un aplazamiento de dos cuotas para el pago de su crédito de libranzas. Recuerde que este beneficio se aplica para quienes al 29 de febrero estuvieran al día o sin mora igual o mayor a 30 días. Tenga en cuenta que si hace abonos anticipados a su crédito no serán sujeto del beneficio.

 

Para clientes de los siguientes convenios:  CDAUTOMÁS, AUTOMÁS PERITAR, AUTOMÁS COMERCIAL, INTERRAPIDÍSIMO, SUZUKI, FERRETERÍA INDUSTRIAL, LOS TRES ELEFANTES, RÓMULO MONTES, SEMPERTEX, LABORATORIO NATURAL FRESHLY, INDUSTRIA DE REFRIGERACIÓN ROJAS HERMANOS, ALMACÉN SANITARIO Y SABINCO.

 

Gracias al apoyo de estas pagadurías, el Banco Caja Social ya puede otorgarle el  aplazamiento del pago de dos cuotas para su crédito de libranzas y un 50 % de descuento de los intereses del crédito del mes de abril. Recuerde que este beneficio se aplica para quienes al 29 de febrero estuvieran al día o sin mora igual o mayor a 30 días. Tenga en cuenta que si hace abonos anticipados a su crédito no será sujeto del beneficio. El 50 % mencionado se reflejará en su primer descuento por nómina, después de aplicados los alivios. La aplicación del alivio depende de la fecha de corte de cada convenio.

 

Para clientes de otros convenios:

 

Nuestra entidad sigue en la búsqueda de alternativas para lograr que los alivios de créditos de libranzas se puedan aplazar automáticamente y así garantizar la continuidad de su descuento por nómina. Hemos venido trabajando con las pagadurías para encontrar opciones que nos permitan alcanzar este objetivo, pues entendemos su preocupación; por esto, en los próximos días tendremos una respuesta a este tipo de solicitudes, que estaremos comunicando a través de nuestra página web y las redes sociales, por lo cual le sugerimos estar atentos a nuestras comunicaciones por dichos canales. De aquí en adelante aplica para otros Productos, considero relevante poner un titulo.

 

¿Qué condiciones debe cumplir para acceder a estos alivios?

 

Que al 29 de febrero su(s) crédito(s) estuviera(n) al día o no presentara(n) mora igual o superior a 30 días.

 

¿Qué pasa si no cumplo con las condiciones fijadas?

 

  • El Banco entenderá y acompañará la situación particular de cada cliente. Para esto se puede comunicar a la Línea Amiga #233 desde celular, al 307 7060 en Bogotá, o la Línea Nacional 01 8000 9 10038, o escribir a consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co.  

 

¿Qué debo hacer para acogerme a estos alivios?

 

  • Si pasados ocho (8) días calendario a la fecha de vencimiento de su cuota usted no la ha pagado, aplicaremos de manera automática el aplazamiento de las dos (2) cuotas. Es decir, usted no tiene que hacer nada para acogerse al beneficio, pues el Banco lo hará por usted, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas.
  • Si el Banco recibe su pago a tiempo o dentro de los ocho (8) días calendario siguientes, se entenderá que usted seguirá atendiendo el pago de su crédito y no se aplazará el pago de las dos cuotas siguientes.

 

Tenga en cuenta que si usted cumple las condiciones para la aplicación del alivio, consulta su obligación y tiene un saldo pendiente por pagar con hasta ocho días de mora, la aplicación del alivio se dará una vez pasado este periodo de tiempo.

 

¿En qué consiste el aplazamiento del pago de dos (2) cuotas?  

 

Se aplazarán las dos cuotas siguientes de su(s) crédito(s). Dado que los alivios se definieron a partir del 24 de marzo, esto genera varias posibilidades:

 

  • Clientes que estando al día al 29 de febrero no pagaron su cuota de marzo. A estos clientes se les aplazarán las cuotas de marzo y abril, y retomarán el pago de su(s) crédito(s) en mayo.
  • Clientes que estando al día al 29 de febrero ya pagaron su cuota de marzo. A estos clientes se les aplazarán las cuotas de abril y mayo, y retomarán el pago de su(s) crédito(s) en junio.
  • Clientes que estaban con mora máxima de veintinueve (29) días al 29 de febrero y no pagaron su cuota de marzo. El alivio de dos cuotas se les aplicará a las dos vencidas. Si estos clientes tienen dificultades para retomar su pago, se pueden comunicar al a la Línea Amiga #233 desde celular, al 307 7060 en Bogotá, o la Línea Nacional 01 8000 9 10038, o escribir al correo consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co para analizar su caso particular.

 

Pasado este tiempo, como buenos amigos, tendremos la oportunidad de entender la situación y definir los pasos siguientes que debemos dar de manera conjunta.

 

¿En qué consiste el descuento de intereses del 50 % en la cuota de abril?

 

Este beneficio consiste en un descuento del 50 % de los intereses del crédito del mes de abril, lo cual se verá reflejado en la cuota siguiente a la terminación del alivio.

 

Este alivio se aplicará a todos los clientes que cumplan con las condiciones señaladas, incluso los que no requieran el beneficio de aplazamiento de cuota.

 

 

Si yo pago dentro de los ocho días calendario y no recibo el alivio de aplazamiento de cuota, ¿en qué mes recibiré el descuento del 50 % de intereses del crédito de abril?

 

El descuento del 50 % de intereses del crédito del mes de abril lo verá reflejado en la facturación del mes de mayo.

 

¿Esto generará reportes negativos en las centrales de riesgo?

 

No. La aplicación de estos beneficios no afectará su reporte en las centrales de riesgo si al 29 de febrero se encontraba al día o no presentaba mora igual o mayor a 30 días.

 

¿Puedo manifestar expresamente que no quiero el aplazamiento?

 

Sí. El aplazamiento es automático, como ya se mencionó, en los casos en que usted pague a tiempo o dentro de los ocho (8) siguientes días calendario. En todo caso, si usted quiere expresarlo formalmente, puede escribir a consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co. No obstante, si usted realizó el pago en la fecha límite u ocho días calendario después, entenderemos que no requiere el alivio.

 

¿El alivio me permite consolidar en un solo crédito todas las obligaciones que tengo con el Banco Caja Social?

 

No habrá consolidación ni unificación de deudas. Si el cliente tiene más de una obligación con la entidad, el aplazamiento de las dos cuotas siguientes se aplicará en cada producto de manera individual.

 

¿El alivio se aplica también a créditos recién desembolsados?

 

Sí. El alivio se aplica a todos los créditos vigentes, sin importar la fecha de desembolso, siempre y cuando el cliente al 29 de febrero estuviera al día o no presentara mora igual o mayor a 30 días. Para nuevos desembolsos rige hasta el 31 de marzo. Desembolsos a partir del 1.o de abril no estarán cubiertos por estos alivios.

 

¿Qué alivio se les brindará a los clientes que presenten en sus créditos mora igual o mayor a 30 días?

 

El Banco entenderá cada situación particular y le brindará acompañamiento al cliente, en procura de ajustar el valor de la cuota con base en su capacidad de pago y el cumplimiento de la normativa. Puede comunicarse a la Línea Amiga al #233 desde celular, al 307 7060 en Bogotá, o la Línea Nacional 01 8000 9 10038, o escribir a consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co.

 

¿Qué debo hacer para acogerme al alivio de aplazamiento de cuotas y el descuento de tasa de interés?

 

No debe hacer ninguna gestión particular. Si pasados ocho días calendario a la fecha de vencimiento de la obligación el Banco no recibe el pago, entenderá que usted quiere aplazar las dos cuotas y de manera automática se aplicará ese alivio.

 

¿La tasa de interés tiene algún ajuste?  

 

No, no lo tiene. Los créditos de personas naturales seguirán liquidándose con la tasa de interés pactada en el momento del desembolso.

 

¿A partir de qué fecha rige la medida?

 

La medida rige para las dos cuotas siguientes, facturadas y no canceladas, a partir del 24 de marzo, con excepción de los clientes que hayan estado al día o hayan registrado una mora igual o mayor a 30 días, o tengan dos (2) cuotas vencidas al finalizar el mes de marzo, caso en el cual se aplicará sobre las cuotas vencidas.

 

Por ejemplo, si usted no ha cancelado la cuota del mes de marzo, el beneficio de aplazamiento de cuotas corresponderá a las de marzo y abril. Si usted ya canceló la cuota de marzo, las cuotas por aplazar corresponderán a las de abril y mayo. 

 

El descuento del 50 % de los intereses del crédito del mes de abril se verá reflejado en el mes siguiente a la finalización del alivio.

 

Con el aplazamiento de las dos cuotas, ¿los clientes de vivienda que tienen beneficio Frech lo pierden?

 

No lo pierden. En el marco de la emergencia por la covid-19, el Gobierno nacional expidió un decreto en el que establece que este tipo de alivios en obligaciones con Frech no se entenderá como causal de terminación anticipada de la cobertura.

 

¿El alivio de aplazamiento de cuotas y reducción del 50 % de los intereses del crédito del mes de abril se aplica a clientes de vivienda con descuento de la cuenta AFC?

 

  • Sí. Durante los dos meses de aplazamiento, el Banco no debitará de la cuenta AFC el valor de la cuota del crédito de vivienda. El cliente tiene la posibilidad de retirar de la cuenta AFC para hacer un abono a su crédito de vivienda, en cualquiera de nuestras oficinas, sin perder el beneficio tributario. Si el cliente desea continuar con su débito de la cuenta AFC para el pago de su obligación, debe hacer la solicitud mediante un mensaje enviado a consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co.

 

Si ya me aplicaron el débito automático de la cuota del mes de marzo, ¿para qué periodo rige el aplazamiento de las dos cuotas?

 

Regirá para los meses de abril y mayo, y se reducirá en un 50 % el valor de los intereses del crédito del mes de abril. Esto lo verá reflejado en la siguiente cuota que tenga que pagar, una vez finalizado el alivio.

 

Tengo un crédito respaldado con recursos de Bancóldex. ¿Me cobijan los alivios?

 

Sí. Una vez revisado y confirmado con Bancóldex, le informamos que el Banco Caja Social le otorgará un aplazamiento de dos cuotas en su obligación y un 50 % de descuento en la tasa de interés de abril. Este beneficio se aplica para quienes al 29 de febrero estuvieran al día o sin mora igual o mayor a 30 días, en su crédito. El 50 % mencionado se reflejará en el pago posterior a la aplicación del alivio. Tenga en cuenta que, una vez aplicado el alivio en mención, usted deberá ponerse en contacto con su oficina para firmar el otrosí al pagaré solicitado por Bancoldex.

 

Aplicación de alivios para tarjeta de crédito

 

¿Para qué tarjetas aplican estos alivios?

 

  • Tarjetas de crédito Clásica, Oro y Platinum de persona natural
  • Tarjeta de crédito empresarial de microempresarios y pequeñas empresas

 

La condición es que estas tarjetas al 29 de febrero estuvieran al día o no presentaran mora igual o mayor a 30 días.

 

¿Qué debo hacer para acogerme a estos alivios?

 

Si pasados ocho (8) días calendario de la fecha límite de pago de su tarjeta identificamos que usted no ha realizado el pago, aplicaremos de manera automática el aplazamiento de su(s) pago(s) mínimo(s).

 

Si, por el contrario, el Banco identifica que el pago se hizo dentro de este mismo periodo, entenderá que usted seguirá atendiendo el pago de su tarjeta de crédito y no postergará sus pagos mínimos.

 

Es decir, usted no tiene que hacer nada para acogerse al beneficio, pues el Banco lo hará por usted, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas.

 

¿En qué consiste el aplazamiento de los pagos mínimos en una tarjeta de crédito?  

 

El Banco aplazará dos pagos mínimos (capital, intereses y comisiones) de manera automática, y teniendo en cuenta que los alivios se definieron el 24 de marzo, se presentan varias posibilidades:

 

  • Tarjetahabientes que estando al día al 29 de febrero y realizaron el pago de marzo, se les aplazarán los pagos mínimos de abril y mayo.
  • Tarjetahabientes que estando al día al 29 de febrero y no realizaron el pago de marzo, se les aplazarán los pagos mínimos de marzo y abril.
  • Tarjetahabientes que al 29 de febrero estaban en mora máxima de 29 días y pagaron en marzo, se les aplazarán los pagos mínimos de marzo y abril.
  • Tarjetahabientes que al 29 de febrero estaban en mora máxima de 29 días y no pagaron en marzo, se les cubrirá el valor de los pagos mínimos vencidos de febrero y marzo.

 

¿En qué consiste el descuento de intereses del 50 % de abril?

 

En tarjeta de crédito, el Banco devolverá el 50 % de los intereses de la cuota del mes de abril; esto podrá verlo como un reintegro en la facturación del mes posterior a la finalización del periodo de alivios, así:

 

  • Periodo de alivio marzo y abril: reintegro de intereses en la facturación de mayo.
  • Periodo de alivio abril y mayo: reintegro de intereses en la facturación de junio.

 

Si me acojo a los alivios, ¿esto me va a generar reportes negativos en centrales de riesgo?

 

No; la aplicación de estos beneficios no afectará su reporte en las centrales de riesgo.

 

¿Entre las condiciones del alivio se incluyen modificar el plazo y las tasas de interés de todas mis utilizaciones?

 

No; se respetarán las condiciones de plazo y tasa de interés registradas en cada transacción que hubiera realizado con su tarjeta, incluyendo las tasas de interés especiales otorgadas para compras de cartera y/o rediferidos.

 

¿Cómo se va a reflejar el beneficio de aplazamiento de cuotas en el extracto?

 

Para el aplazamiento de los pagos de su tarjeta de crédito, el Banco aplicará un pago por el valor del pago mínimo y aplicará una nueva transacción, por el mismo valor, diferida a 36 meses y con tasa de interés del 0%.

 

No obstante, cuando se cumpla el plazo de aplicación de los alivios y se normalice la generación de sus extractos, usted podrá hacer pagos por el valor allí indicado o por una cantidad mayor, si así lo prefiere.

 

Al aplicar estos beneficios, ¿se amplía el plazo para pagar la deuda?

 

No; cada utilización mantiene las condiciones de plazo indicadas por usted al momento de realizarlas. De igual forma, tampoco se cambian los plazos ni la tasa de interés de las compras de cartera y/o rediferidos vigentes.

 

Si mi tarjeta está cancelada pero tengo saldo pendiente, ¿qué alivio me ofrecerá el Banco?

 

Si la tarjeta está cancelada y tiene saldo, se aplicarán las mismas medidas descritas para una tarjeta vigente, siempre y cuando su obligación hubiera estado al día o sin mora igual o mayor a 30 días al 29 de febrero.

 

¿Cómo se liquidarán las nuevas utilizaciones que haga con la tarjeta durante estos meses?

 

Las utilizaciones que se registren durante estos meses se liquidarán normalmente; es decir, con la tasa de interés vigente y al plazo que seleccione (entre 1 y 36 meses para compras nacionales y entre 1 y 12 meses para avances).

 

¿El reintegro del 50 % de los intereses es para todos los clientes o sólo para quienes se acojan al beneficio de aplazamiento?

 

Este beneficio rige para todos los clientes que sean sujeto del alivio, independientemente de si se acogieron al beneficio de aplazamiento o cumplieron con el pago normal de su pago mínimo.

 

Si me acojo a estos beneficios, ¿mi tarjeta de crédito se bloqueará para nuevos usos?

 

No; su tarjeta de crédito se mantendrá en estado vigente y sin bloqueos, de tal manera que podrá seguir haciendo uso de ella para nuevas compras o avances, mientras tenga cupo disponible.

 

Además de mi tarjeta de crédito, tengo una tarjeta de crédito amparada; ¿esa también tendrá el beneficio?

 

Sí; todos los beneficios que hemos mencionado se aplican para cada tarjeta de crédito de manera independiente, siempre y cuando cumpla con las condiciones definidas.

 

¿Debo pagar cuota de manejo para la tarjeta de crédito o el Banco ha contemplado esta condición dentro de los alivios que nos ofrecerán?

 

Durante el periodo de alivios/aplazamiento de sus pagos mínimos, no va a tener que pagar el valor de la cuota de manejo; esta es una comisión incluida en el valor del pago mínimo que se muestra en su extracto, cuyo valor lo cubrirá el Banco recogiéndolo, junto con el capital, intereses y demás comisiones, en la nueva transacción a 36 meses y tasa de interés 0 %.

 

créditos generales

 

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