¡Descubra nuestro nuevo Portal Personas! Acceda fácil y seguro desde donde esté. ¡Conózcalo ahora!

Menú

ícono accesibilidad

Tamaño de letra

Habilitar audio

Desactivado

Políticas de accesibilidad web
k5jR524t8wTJ2hlbK2KC

Medidas generales, definidas por la superintendencia financiera

Medidas adoptadas por la Superintendencia Financiera para mitigar el efecto de la coyuntura sobre los deudores del sistema financiero colombiano

 

Es importante entender que los establecimientos de crédito cuentan hoy con mecanismos que les permiten atender y manejar las dificultades de sus deudores con voluntad de pago, ajustando las condiciones de sus obligaciones a la situación financiera y capacidad de pago actual de sus clientes.

 

Las disposiciones de la Superintendencia amplían esas facultades para los clientes al día ó en mora máxima de 30 días al 29 de febrero, así:

 

  • Períodos de gracia en la atención de los créditos para clientes cuya capacidad de pago se vea afectada temporalmente por la coyuntura como por ejemplo, empresarios e independientes con alta afectación de los ingresos de sus negocios.
  • No afectación de la calificación de riesgo del deudor durante el período de gracia.
  • Mantenimiento de cupos en tarjetas de crédito y rotativos para clientes cuya capacidad de pago se vea afectada temporalmente por la coyuntura.

 

Para clientes cuyas obligaciones estuvieran en condición de modificados o reestructurados al 29 de febrero de 2020, su actualización de la calificación de riesgo se basará exclusivamente en la condición financiera del deudor por un periodo de 120 días calendario.

 

No hay disposiciones especiales para clientes por fuera de estas dos categorías, lo cual significa que para clientes en mora no hay herramientas adicionales previstas por la Superintendencia Financiera hasta el momento.

 

Contenido relacionado