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Alivios 2

Nueva fase de alivios 

 

(Mayo 21, 2020)

 

Adicionalmente a los alivios iniciales, (ver ABC alivios fase 1), cuyo período de aplazamiento está llegando a su fin, y en consideración a la extensión del aislamiento preventivo y sus consecuencias sobre la realidad financiera de nuestros clientes, el Banco Caja Social ha decidido otorgar una nueva fase de alivios para los clientes que al 29 de febrero de 2020 estaban al día o no presentaban mora igual o superior a 30 días en sus créditos. 

 

¿En qué consiste esta nueva fase de alivios?

 

Para quienes no puedan atender el pago de su cuota mensual, recibirán de forma automática, sin que tengan que hacer nada, un mes más de aplazamiento. Entenderemos la necesidad de aplazamiento, si pasados ocho (8) días de la fecha de vencimiento de la cuota no se ha realizado el pago correspondiente.

 

Para quienes tengan la posibilidad de atender oportunamente el pago de su próxima cuota mensual, recibirán un nuevo descuento del 30% sobre los intereses del crédito del mes siguiente.

 

¿Si ya me acogí a los alivios anteriores, me puedo acoger a esta nueva fase?

 

Sí. Los clientes cobijados por los alivios son los mismos: aquellos que al 29 de febrero de 2020 estaban al día o no presentaban mora igual o superior a 30 días en sus créditos.

 

¿Si no me acogí a los alivios anteriores, me puedo acoger a esta nueva fase?

 

Sí. Somos conscientes que los clientes que siguieron pagando durante los meses de marzo y abril pueden verse afectados en este momento, por eso se pueden acoger a esta nueva fase, siempre y cuando al 29 de febrero de 2020 estaban al día o no presentaban mora igual o superior a 30 días en sus créditos.

 

¿Qué debo hacer para acogerme a estos alivios?

 

Si pasados ocho (8) días calendario a la fecha de vencimiento de su cuota usted no la ha pagado, aplicaremos de manera automática el aplazamiento de una  (1) cuota adicional. Es decir, usted no tiene que hacer nada para acogerse al beneficio, pues el Banco lo hará por usted, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas.

 

Si realiza el pago oportuno de su cuota, usted recibirá un 30% de descuento de los intereses de su crédito en el próximo mes, de manera automática, es decir usted no tiene que hacer nada, pues el Banco lo hará por usted.

 

¿Qué condiciones debo cumplir para acceder a estos alivios?   

 

Que al 29 de febrero su(s) crédito(s) estuviera(n) al día o no presentara(n) mora igual o superior a 30 días. 

 

¿Qué pasa si no cumplo con las condiciones fijadas?

 

El Banco entenderá y acompañará la situación particular de cada cliente. Para esto se puede comunicar a la Línea Amiga #233 desde celular, al 307 7060 en Bogotá, o la Línea Nacional 01 8000 9 10038, o escribir a: consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co.   

 

¿Para qué productos rige esta nueva fase de alivios?

 

  • Crédito hipotecario
  • Leasing habitacional
  • Crédito de libre inversión
  • Tarjeta de crédito
  • Crédito rotativo
  • Crédito de vehículos
  • Microcrédito
  • Crédito productivo de personas
  • Crédito productivo de pequeñas empresas 

 

¿Es aplicable para créditos cuya modalidad de pago se efectúa a través de libranzas?

 

No, dado que la aplicación del aplazamiento inicial de dos (2) cuotas hasta ahora se está realizando, para aquellos convenios con los cuales se han logrado acuerdos con las respectivas pagadurías (para más información ver Alivios fase  1).

 

¿En qué consiste el aplazamiento del pago de una (1) cuota?   

 

Se aplazará una (1)  nueva cuota de su(s) crédito(s), para los clientes que estaban al día al 29 de febrero o no presentaban mora igual o superior a 30 días,  de la siguiente manera:

 

  • Clientes que no pagaron su cuota de abril, esta será la cuota del nuevo aplazamiento.
  • Clientes que no pagaron su cuota de mayo, esta será la cuota del nuevo aplazamiento.
  • Clientes que no puedan pagar la cuota de junio, esta será la cuota del nuevo aplazamiento.

 

¿En qué consiste el descuento de intereses del 30 % en la siguiente cuota? 

 

El Banco ha querido reconocer el esfuerzo que usted ha hecho para atender oportunamente el pago de su crédito, por ello le otorgará un nuevo descuento del 30% de los intereses del crédito del mes siguiente, una vez cancele oportunamente la cuota en la cual se le aplicó el primer descuento.

 

Este alivio se aplicará a todos los clientes que retomen oportunamente la atención del pago de su crédito, después de las cuotas aplazadas inicialmente, al igual que a quienes han continuado atendiendo su obligación sin aplazamiento de cuotas, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas, como lo hemos mencionado.

 

Tenga en cuenta que este nuevo descuento es adicional al 50% de los intereses del mes de abril que se aplicó a su cuota de mayo o se aplicará a su cuota de junio (cuota siguiente al período de aplazamiento inicial).  

 

¿Este será el último alivio del Banco?

 

No, seguimos trabajando en medidas adicionales y en alternativas de reordenamiento de los créditos cuyas cuotas se han venido aplazando, así como de quienes han podido efectuar los pagos oportunamente, de forma que unos y otros terminen asumiendo menos costos y mejores condiciones que aquellas que originalmente se pactaron.

 

¿Esto generará reportes negativos en las centrales de riesgo?

 

No. La aplicación de estos beneficios no afectará su reporte en las centrales de riesgo si al 29 de febrero se encontraba al día o no presentaba mora igual o mayor a 30 días.

 

¿Puedo manifestar expresamente que no quiero el aplazamiento?

 

Sí. El aplazamiento es automático, como ya se mencionó, en los casos en que usted pague a tiempo o dentro de los ocho (8) siguientes días calendario. En todo caso, si usted quiere expresarlo formalmente, puede escribir a consultabancocajasocial@fundaciongruposocial.co. No obstante, si usted realizó el pago en la fecha límite u ocho días calendario después, entenderemos que no requiere el alivio. 

 

¿El alivio me permite consolidar en un solo crédito todas las obligaciones que tengo con el Banco Caja Social?

 

No habrá consolidación ni unificación de deudas. Si el cliente tiene más de una obligación con la entidad, el aplazamiento de una (1) cuota se aplicará en cada producto de manera individual.

 

¿El alivio se aplica también a créditos recién desembolsados?

 

Los alivios definidos por el Banco aplican para desembolsos realizados hasta el 31 de marzo, siempre y cuando el cliente al 29 de febrero estuviera al día o no presentara mora igual o mayor a 30 días. 

 

¿La tasa de interés tiene algún ajuste?   

 

No, no lo tiene. Los créditos de personas naturales seguirán liquidándose con la tasa de interés pactada en el momento del desembolso, excepto en los meses en los cuales se han aplicado los descuentos.

 

Con el aplazamiento de una (1) cuota adicional ¿los clientes de vivienda que tienen beneficio Frech lo pierden?

 

No lo pierden. En el marco de la emergencia por la covid-19, el Gobierno nacional expidió un decreto en el que establece que este tipo de alivios en obligaciones con Frech no se entenderá como causal de terminación anticipada de la cobertura.

 

¿Este nuevo alivio aplica a clientes de vivienda con descuento de la cuenta AFC?

 

Sí. Durante el mes adicional de aplazamiento, el Banco no debitará de la cuenta AFC el valor de la cuota del crédito de vivienda. 

 

El cliente tiene la posibilidad de retirar de la cuenta AFC para hacer un abono a su crédito de vivienda, en cualquiera de nuestras oficinas, sin perder el beneficio tributario. 

 

Tengo un crédito respaldado con recursos de Bancoldex.  ¿Me cobijan los alivios?

 

Sí. Una vez revisado y confirmado con Bancoldex, le informamos que el Banco Caja Social le otorgará este nuevo aplazamiento, en caso de que usted no pueda atender el pago oportuno de su cuota.

 

Aplicación de alivios para tarjeta de crédito

 

¿Para qué tarjetas aplican estos alivios?  

 

  • Tarjetas de crédito Clásica, Oro y Platinum de persona natural 
  • Tarjeta de crédito empresarial de microempresarios y pequeñas empresas

 

La condición es que estas tarjetas al 29 de febrero estuvieran al día o no presentaran mora igual o mayor a 30 días. 

 

¿Qué debo hacer para acogerme a estos alivios?

 

Si pasados ocho (8) días calendario de la fecha límite de pago de su tarjeta identificamos que usted no ha realizado el pago, aplicaremos de manera automática el aplazamiento de su(s) pago(s) mínimo(s). 

 

Si, por el contrario, el Banco identifica que el pago se hizo dentro de este mismo periodo, entenderá que usted seguirá atendiendo el pago de su tarjeta de crédito y no postergará sus pagos mínimos.

 

Es decir, usted no tiene que hacer nada para acogerse al beneficio, pues el Banco lo hará por usted, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas.

 

¿En qué consiste el nuevo aplazamiento del pago mínimo en una tarjeta de crédito?   

 

El Banco aplazará un nuevo pago mínimo (capital, intereses y comisiones) de manera automática, y teniendo en cuenta que los alivios se definieron el 21 de mayo se presentan varias posibilidades para los tarjetahabientes que estaban al día al 29 de febrero o no presentaban mora superior o igual a 30 días:

 

  • Tarjetahabientes que no atendieron su pago mínimo de abril, esta será la cuota del nuevo aplazamiento. 
  • Tarjetahabientes que no realicen el pago de mayo, esta será la cuota del nuevo aplazamiento. 
  • Tarjetahabientes que no realicen el pago de junio, esta será la cuota del nuevo aplazamiento.

 

¿En qué consiste el descuento de los intereses del 30 % del crédito?

 

En tarjeta de crédito, el Banco devolverá el 30 % de los intereses de la cuota posterior a la cuota facturada con el descuento inicial. 

 

Si me acojo a los alivios, ¿esto me va a generar reportes negativos en centrales de riesgo?

 

No; la aplicación de estos beneficios no afectará su reporte en las centrales de riesgo.

 

¿Entre las condiciones del alivio se incluyen modificar el plazo y las tasas de interés de todas mis utilizaciones?

 

No. Se respetarán las condiciones de plazo y tasa de interés registradas en cada transacción que hubiera realizado con su tarjeta, incluyendo las tasas de interés especiales otorgadas para compras de cartera y/o rediferidos.

 

¿Cómo se va a reflejar el beneficio de aplazamiento de cuotas en el extracto?

 

Para el aplazamiento de los pagos de su tarjeta de crédito, el Banco aplicará un pago por el valor del pago mínimo y aplicará una nueva transacción, por el mismo valor, diferida a 36 meses y con tasa de interés del 0%. 

 

No obstante, cuando se cumpla el plazo de aplicación de los alivios y se normalice la generación de sus extractos, usted podrá hacer pagos por el valor allí indicado o por una cantidad mayor, si así lo prefiere.

 

Al aplicar estos beneficios, ¿se amplía el plazo para pagar la deuda?

 

No, cada utilización mantiene las condiciones de plazo indicadas por usted al momento de realizarlas. De igual forma, tampoco se cambian los plazos ni la tasa de interés de las compras de cartera y/o rediferidos vigentes.

 

Si mi tarjeta está cancelada pero tengo saldo pendiente, ¿qué alivio me ofrecerá el Banco?

 

Si la tarjeta está cancelada y tiene saldo, se aplicarán las mismas medidas descritas para una tarjeta vigente, siempre y cuando su obligación hubiera estado al día o sin mora igual o mayor a 30 días al 29 de febrero. 

 

¿Cómo se liquidarán las nuevas utilizaciones que haga con la tarjeta durante estos meses?

 

Las utilizaciones que se registren durante estos meses se liquidarán normalmente; es decir, con la tasa de interés vigente y al plazo que seleccione (entre 1 y 36 meses para compras nacionales y entre 1 y 12 meses para avances).

 

¿El reintegro del 30 % de los intereses es para todos los clientes o sólo para quienes se acojan al beneficio de aplazamiento?

 

Este beneficio rige para los clientes sujetos del alivio, siempre y cuando atiendan oportunamente el pago mínimo de la cuota a la cual se le aplicó el descuento inicial. Esto se reflejará como un reintegro en la facturación del mes siguiente.

 

Si me acojo a estos beneficios, ¿mi tarjeta de crédito se bloqueará para nuevos usos?

 

No, su tarjeta de crédito se mantendrá en estado vigente y sin bloqueos, de tal manera que podrá seguir haciendo uso de ella para nuevas compras o avances, mientras tenga cupo disponible.

 

Además de mi tarjeta de crédito, tengo una tarjeta de crédito amparada; ¿esa también tendrá el beneficio?

 

Sí, todos los beneficios que hemos mencionado se aplican para cada tarjeta de crédito de manera independiente, siempre y cuando cumpla con las condiciones definidas.

 

¿Debo pagar cuota de manejo para la tarjeta de crédito o el Banco ha contemplado esta condición dentro de los alivios que nos ofrecerán?

 

Durante el periodo de alivios/aplazamiento de sus pagos mínimos, no va a tener que pagar el valor de la cuota de manejo; esta es una comisión incluida en el valor del pago mínimo que se muestra en su extracto, cuyo valor lo cubrirá el Banco recogiéndolo, junto con el capital, intereses y demás comisiones, en la nueva transacción a 36 meses y tasa de interés 0%.

 

 

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